Iniciativa de Reforma a la Ley del ISSSTE
El Diputado Rubén Cayetano García presenta la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE
Marcha en Acapulco contra el anatocismo y los créditos impagables en el FOVISSSTE
El esquema de financiamiento del Fovissste actualmente es desventajoso para el trabajador, es un crédito de usura, con muy altos intereses, con reglas crueles como es la actualización anual al crédito con base en Veces Salario Mínimo (VSM) y/o Unidad de Medida y Actualización (UMA) y a los intereses de saldos insolutos. Así como cobro de intereses sobre intereses por pagos no realizados o vencidos.
Los trabajadores al servicio del estado desconocen las formas en que se aplican y administran los créditos hipotecarios para vivienda y adquirieron su crédito pensando en que era un crédito social y de bajo costo, pero se han encontrado que no es barato, que no ayuda al trabajador porque termina pagando lo triple de su deuda original adquirida durante los 30 años que tiene para pagar y la mayor parte de sus pagos se van a intereses y la deuda queda sin avances de pago significativos por lo cual se vuelve impagable.
El Fovissste es un órgano desconcentrado que no cuenta con personalidad jurídica, ni patrimonio propio y está jerárquicamente subordinado al ISSSTE, por lo tanto, no puede manejarse como una sociedad mercantil, que lucre con el cobro desmedido de intereses, pues el fin con el que fue creado, no tiene nada que ver con la obtención de ganancias.
En el caso de Fovissste no debería existir un cobro de intereses tan alto, es un órgano del Estado que otorga créditos a los trabajadores, por lo que no debe perseguir un fin de lucro.
La tasa promedio de interés que cobran las entidades financieras es de alrededor de 11.50 por ciento fija durante la vigencia del crédito. El Fovissste cobra una tasa de interés de 6 por ciento que fija el propio instituto y que puede cambiar cada año, más un aumento anual basado en la inflación e incremento de los salarios mínimos vigentes que nos da una cantidad igual y a veces superior a la tasa promedio de la banca comercial.
Lo que establece el artículo 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la actualidad es lo siguiente:
«Artículo 185. El saldo de los créditos otorgados a los Trabajadores a que se refiere la fracción I del artículo 169 de esta ley se revisará cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el salario mínimo.
Asimismo, los créditos citados devengarán intereses sobre el saldo ajustado de los mismos a la tasa que determine la junta directiva. Dicha tasa no será menor del cuatro por ciento anual sobre saldos insolutos.
Las cantidades que se descuenten a los trabajadores con motivo de los créditos a que alude el presente artículo, no podrán exceder del treinta por ciento de su Sueldo Básico, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 20 de esta ley.
Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de treinta años”.
Lo anterior es lo que al crédito hipotecario lo hace impagable, porque si un trabajador adquiere un crédito por 500 mil pesos (quinientos mil pesos 00/100 MN) al año siguiente y cada 1 de enero le hacen la actualización le aumentan 22 mil pesos (veintidós mil pesos 00/100 M.N) más a la deuda y le cobran los intereses por toda esa cantidad de 522 mil pesos (quinientos veintidós mil pesos 00/100 MN), y así cada año que dure su crédito.
También con toda intensión en las delegaciones del Fovisste, cuando el trabajador adquiere un crédito hipotecario, no gira la orden de descuento inmediatamente a la dependencia donde labora el acreditado, para que se le empiece a descontar 30 por ciento de su salario, habiendo casos de personas que durante 4 años no pagaron nada al crédito y por esta causa se les hizo más rápido una deuda impagable por que le cobran intereses sobre intereses, más las actualizaciones, etcétera.
Como se puede ver, el artículo 185 de la Ley del ISSSTE, contempla un doble cobro de interés, es decir, los establecidos por el préstamo recibido que no será menor a 4 por ciento, y un segundo cobro de intereses por el aumento anual de los salarios mínimos.
La difícil situación que viven los derechohabientes con créditos hipotecarios de vivienda se extiende a todos los derechohabientes del ISSSTE de la República Mexicana, haciéndose imperativo modificar y adicionar los artículos de la Ley del ISSSTE que afectan el buen manejo del crédito, en general cambiar el esquema de financiamiento y pago de los créditos hipotecarios a favor del trabajador.
Los beneficios de la reforma que se propone, son aplicables para todos los trabajadores que ejercen actualmente un crédito de vivienda, siendo beneficiados al rededor de un millón de trabajadores al servicio del Estado.
Detalles e información sobre la iniciativa para acabar con los créditos impagables del FOVISSSTE
No vamos permitir que un predictamen del PAN que desecha mi iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley del ISSSTE, se imponga
Para salvar la lucha legislativa contra el anatocismo en el FOVISSSTE y ante el inminente riesgo de que fuera aprobado el dictamen en sentido negativo desechándola en la comisión del trabajo, procedí a retirar mi iniciativa de reforma a la Ley del ISSSTE, misma que ante el otro riesgo de caducar el último día del mes de octubre de 2019. La he vuelto a presentar, pidiendo que se turne a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados.
El vídeo tuve que grabarlo desde mi celular porque no se permitió la grabación de parte del presidente de la Comisión. Ánimo amigas y amigos trabajadores.